La gestión del depósito legal en Galicia es competencia de la Xunta de Galicia, que ejerce a través de la Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude, en virtud de las transferencias en esta materia realizadas por la Administración del Estado (Real decreto 1634/1980, de 31 de julio ).
La Subdirección General de Bibliotecas es el departamento encargado de coordinar y supervisar el cumplimiento de la legislación del depósito legal, correspondiéndole al Servicio de la Biblioteca de Galicia la gestión de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de depósito legal (Decreto 146/2024, de 20 de mayo , por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud).
A nivel autonómico, en Galicia, el depósito legal se regula por:
- El Decreto 43/2001, de 1 de febrero, de refundición de la normativa en materia del depósito legal, en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en la ley estatal.
- La Ley 17/2006, de 27 de diciembre, del libro y de la lectura de Galicia, que incluye disposiciones normativas sobre el depósito legal en su capítulo VI.
- La Ley 5/2012, de 15 de junio, de bibliotecas de Galicia, que establece que la Biblioteca de Galicia tiene la función de velar por el cumplimiento de la normativa del depósito legal.